LEON PAPA X

 PARA PERPETUA MEMORIA

Nos Bernardino Carvajal, por la misericorida divina, Obispo de Savina, Cardenal con el Título de la Santa Cruz de Jerusalén, Patriarca de ella, a tenor de las presentes Letras confirmamos y damos fé a todos los que examinaren estas nuestras patentes Letras Apostólicas que el Santísimo Padre en Cristo Señor Nuestro, León, por la Divina Providencia Papa décimo, que por otras Letras Apostólicas, concedió que se trasladase a la Capilla denominada de los Mártires, del Convento de la Milicia de Calatrava, de la Orden Cisterciense, Diócesis de Toledo, cierta porción de Tierra Santa del Sepulcro de la Gloriosisima Virgen en Jerusalén, por el nobre varón Frey Don Diego de Cabrera, Comendador de Villarrubia, de la misma Orden y Milicia, para que los que allí asistiesen en las festifivades de la Virgen y de San Bernardo Abad, a Maitines y Misa, obtuviesen las mismas indulgencias y remisión de los pecados que se concede a los que asisten a Maitines y Misa en la Capilla del Sepulcro de la Gloriosisima Virgen María, al otro lado del Torrente Cedrón en Jerusalén. Hoy en Roma en su Sacro Palacio Apostólico, en consideración al Serenísimo Don Carlos, Rey Católico de las Españas, de ambas Sicilias y de Jerusalén, Administrador Perpétuo de la citada Milicia de Calatrava y a instancia de Su Real Majestad habiéndonos manifestado de viva voz, que por estar la citada Capilla en el mencionado Convento de Calatrava, que se conserva a modo de fortaleza, y no poder visitarse sin dificultad, por los de fuera y por las mujeres, es por lo que ha concedido a dicho lugar y en las mismas fiestas, mantener perpetuamente las indulgencias y remisión de los pecados antes mencionados, en favor de los Comendadores, Religiosos y Familiares de la misma Orden y Convento y para aquéllos del mismo modo a los Divinos Oficios, en la citada Fortaleza o Convento.

Y para que aumente la devoción de los fieles cristianos en los días de Santísima Virgen María y de San Bernardo y puedan participar todos del mismo modo, de las gracias espirituales, Su Santidad de forma semejante y de viva voz ha permitido que una porción de la citada tierra del Sepulcro de la Santísima Virgen que fué depositada en la Capilla de los Mártires, sea trasladada a la Iglesia de Santa María del Priorato de Zuqueca, de la misma Orden Cisterciense y Milicia de Calatrava, Diócesis de Toledo, situada junto al rio Jabalón y a seis millas de la ciudad de Almagro; y a todos y cada uno de los fieles cristianos de ambos sexos que asistiesen allí mismo a los Maitines y Misa en las festividades de la Virgen Gloriosa y San Bernardo, puedan obtener todos y cada uno las mismas y semejantes indulgencias y remisión de los pecados que se obtienen visitando personalmente el Sepulcro de la Santísima Virgen María al otro lado del Torrente Cedrón, en la ciudad de Jerusalén, asistiendo a los Maitines y Misa en el Sepulcro en la forma generosa y benigna que la Iglesia acostumbra; otorgándose a tal concesión validez perpetua.

Y para que de este modo no pueda dudarse en ningún sitio de tan grata concesión, Su Santidad nos encargó que diésemos testimonio por las presentes Letras Apostólicas que pondremos en sus manos. Por todo lo cual Nos Bernardino Cardenal-Obispo, según lo antedicho damos a conocer y notificamos todo esto a todos y cada uno de los antes mencionados y a cuantos llegaren nuestras patentes Letras, así como a cuantos agrade tal noticia y de ello doy testimonio por estas nuestras Letras firmadas de nuestra propia mano, las cuales fueron extendidas y publicadas por nuestro infrascrito secretario, a quien ordenamos refrendara con nuestro sello pequeño.

Dado en Roma en la Secretaría de costumbre de nuestro Palacio el día siete de Julio del año 1519 de la Natividad del Señor y séptimo del Pontificado de nuestro Santísimo Papa.

Firmado: Bernardino, Cardenal-Obispo.

Por mandato de mi Eminentísimo y Reverendísimo Señor Cardenal Brihuega. Secretario.

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